Cubanos con I-220A: Precauciones ante el Cierre de Casos Judiciales
- Yasel Lopez
- 5 jun
- 2 Min. de lectura
El formulario I-220A es un documento que representa una orden de libertad bajo palabra emitida por las autoridades migratorias de Estados Unidos.
Este formulario se utiliza en los casos en los que se detiene a un migrante, permitiéndole ser liberado bajo supervisión.

.Es importante destacar que el I-220A no se considera una admisión legal ni se clasifica como un "parole" en el sentido estricto del término.
Esta situación ha creado complicaciones significativas para aquellos que intentan acogerse a la Ley de Ajuste Cubano y, por ende, obtener la residencia permanente en el país.
Muchos inmigrantes asisten a sus audiencias, algunos acompañados de abogados y otros sin representación legal.
Sin embargo, el Departamento de Seguridad Nacional está buscando activamente que los casos sean "dismissed", es decir, que sean retirados de la Corte.

Si un inmigrante tiene menos de dos años en el país y el fiscal decide retirar los cargos, y el juez acepta esta solicitud, el individuo se queda sin un caso en la Corte, lo que puede llevar a consecuencias drásticas.
Aunque el fiscal pueda pedir la retirada de los cargos, los inmigrantes deben dejar en claro que no están de acuerdo con esta acción.
Es recomendable solicitar que el fiscal presente su petición por escrito, lo que les dará tiempo para responder adecuadamente y considerar la posibilidad de nombrar un abogado que les represente.
La gran mayoría de los migrantes que tienen un I-220A eventualmente lograrán regularizar su estatus.
Sin embargo, también advirtió que a lo largo del proceso habrá personas que enfrentarán dificultades, especialmente aquellas que llevan menos de dos años en Estados Unidos. Esto resalta la vulnerabilidad de ciertos grupos dentro de la población migrante.
Aquellos con un estatus de CBP ONE y un caso abierto en la corte que consideren presentar una solicitud de asilo que se preparen para luchar por su asilo mientras se cumple el año y un día en Estados Unidos, lo que les permitirá luego aplicar para la residencia con USCIS.
"Se pueden hacer las dos cosas", enfatizó, enviando un mensaje de tranquilidad a los cubanos que se encuentran en esta situación.

La diferencia entre aplicar para la residencia y solicitarla bajo la Ley de Ajuste Cubano.
Señaló que solo los cubanos o aquellos que tengan ascendencia cubana pueden solicitar bajo esta ley y que se requiere un formulario específico para ello.
Los cubanos, o los que tengan nacionalidad cubana, son los únicos elegibles para esta vía de residencia.
Además existen otras opciones, como la posibilidad de que un ciudadano estadounidense patrocine a su cónyuge o padre para obtener la residencia, resaltando que la Ley de Ajuste Cubano se limita a aquellos nacidos en Cuba y sus cónyuges extranjeros.
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